Ya ha entrado en vigor la norma de la Ley de Bienestar Animal que prohíbe a los dueños de perros y gatos que sus mascotas practiquen estas actividades

Matt Nelson

El artículo 25 de la Ley 7/2023 se aplica desde septiembre de 2023, y entre sus prohibiciones hay una sobre lo que come tu perro que casi nunca aparece en las listas.

Redacción Coco y Maya

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La Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales tiene un artículo, el 25, que reúne en una sola lista lo que no puedes hacer con tu perro o tu gato. Son cosas importantes de saber, que van desde subirlo a un carrusel de feria hasta regalarlo en una rifa.

Y aunque todavía no todo el mundo conoce los detalles de esta ley, lleva aplicándose desde septiembre del 2023. Y conviene conocer estas prohibiciones, porque incumplirlas puede acabar en multas de hasta 200.000 euros.

Qué prohíbe el artículo 25. El artículo 25 de la Ley 7/2023 prohíbe maltratar o abandonar al animal, dejarlo suelto donde pueda causar daños y utilizarlo en espectáculos o actividades turísticas o publicitarias que le causen angustia o dolor. También veta montarlo en atracciones mecánicas, someterlo a trabajos inadecuados o excesivos, darlo como premio o en una rifa, utilizarlo en peleas y atarlo a un punto fijo salvo que lo prescriba el veterinario. Quedan a salvo los tratamientos veterinarios y el derecho de las personas sin hogar a ir acompañadas de sus animales.

No es solo para perros y gatos. El artículo habla de animales de compañía y silvestres en cautividad en general, así que afecta igual al conejo, al hurón o al loro que tengas en casa. Eso sí, el artículo 1.3 de la Ley 7/2023 deja fuera a los perros de caza y de rehala, a los de pastoreo y guarda del ganado y a los que se utilizan en actividades deportivas. Ya lo explicábamos al hablar de la prohibición de someter a perros y gatos a trabajos inadecuados o excesivos.

Multas de hasta 200.000 euros. El artículo 76 de la Ley 7/2023 castiga las infracciones graves con multas de 10.001 a 50.000 euros y las muy graves con multas de 50.001 a 200.000 euros, mientras que las leves van de 500 a 10.000 euros. A eso se le pueden sumar la intervención del animal o la inhabilitación para trabajar con animales, que recoge el artículo 77 de la Ley 7/2023. En las leves, en cambio, sólo caben cursos de formación y trabajos en beneficio de la comunidad.

Más prohibiciones a recordar. Hay dos prohibiciones del artículo 25 que tampoco conviene olvidar. Una es tener, criar o vender determinadas aves fringílidas capturadas en el campo, como el jilguero, y la otra es alimentar a los animales con vísceras, cadáveres o despojos de otros animales que no hayan pasado los controles sanitarios. Y es que esa segunda tiene una explicación veterinaria muy concreta: los perros que comen vísceras crudas de ganado infectado son el eslabón que mantiene vivo el parásito de la hidatidosis.

Qué significa para tu perro. La ley no prohíbe darle carne cruda como tal, sino que esa carne venga de animales que no han superado los controles sanitarios. Vamos, que el problema está en darle los restos de una matanza casera o de una pieza de caza sin que nadie los haya revisado antes, no en la comida que compras con su etiqueta.

Lo que dice el artículo 27. La ley añade prohibiciones específicas para los animales de compañía en el artículo 27 de la Ley 7/2023. No puedes dejarlos sin supervisión más de tres días seguidos, un plazo que en los perros baja a 24 horas, ni tenerlos de forma habitual en terrazas, balcones, trasteros o vehículos. Pasarse de esos plazos se considera una infracción leve, lo que en la práctica puede salir bastante caro.

Lo que todavía no se aplica. El curso de tenencia responsable y el seguro de responsabilidad civil para todos los perros siguen sin desarrollar, porque el Ministerio los aplazó en 2023 a la espera de un reglamento. De momento la póliza sólo es obligatoria en toda España para los perros potencialmente peligrosos, con una cobertura mínima de 120.000 euros. El borrador de ese reglamento salió a consulta pública en junio de 2025 y recibió alrededor de 600 alegaciones, y plantea un curso gratuito y de validez indefinida sólo para quienes vayan a tener un perro por primera vez.

Un reglamento todavía sin fecha. El Plan Anual Normativo 2026, aprobado por el Consejo de Ministros el 5 de mayo, incluye ese reglamento, pero sin fecha de aprobación. Mientras tanto, el Reglamento (UE) 2026/1818 relativo al bienestar de los perros y los gatos y a su trazabilidad, publicado el 10 de agosto, extiende la identificación con microchip a todos los propietarios y limita las mutilaciones a las que haga un veterinario por motivos veterinarios. Habrá que ver cómo encaja todo esto con la ley española cuando el reglamento estatal llegue por fin al BOE.

Imagen de portada | Matt Nelson

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