Cinco bulos cansinos sobre la Ley de Bienestar Animal que se resisten a morir

Cinco bulos cansinos sobre la Ley de Bienestar Animal que se resisten a morir
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Con la aprobación de la nueva Ley de Bienestar Animal han comenzado a surgir muchas dudas sobre la misma entre los tutores de animales de compañía, especialmente en algunos puntos de los que se lleva hablando desde hace meses en los medios de comunicación y en las redes sociales, que afectan directamente al día a día de las personas que convivimos con animales.

No obstante, no hay que creerse todo lo que leemos o vemos en televisión, ya que han sido numerosos los bulos que han rodeado esta normativa y las informaciones no contrastadas que se han publicado a lo largo de estos meses.

De hecho, esta informaciones han alcanzado a tanta gente que desde el propio Gobierno han tenido que publicar un vídeo desmintiendo algunos de los bulos más grandes que rodean esta ley.

Te contamos cuales son las cinco mentiras más populares que podemos encontrar en internet sobre la ley y te explicamos por qué no debemos prestarles atención.

Hámster, conejos y periquitos, prohibidos por ley

El bulo más famoso sobre la Ley de Bienestar Animal que posiblemente todo el mundo haya visto o leído en medios, redes sociales o incluso televisión, habla sobre la prohibición de los animales exóticos como animales de compañía.

Nosotros ya contamos hace unos meses que nadie nos iba a prohibir tener a nuestros periquitos, conejos o hámsteres (los animales más mencionados en las informaciones), ni a ningún otro exótico. Al menos no de momento.

Lo que promueve esta ley es la creación de un listado positivo de especies que estarán permitidas (el cual podría tardar hasta cuatro años en estar listo) del que quedarán excluidos aquellos animales que estén protegidos por CITES o que formen parte de el listado de especies invasoras (es decir, las mismas normas que tenemos a día de hoy).

Hámster

Multas y cárcel por matar a una rata en casa

Otra de las informaciones falsas que pululan por internet últimamente son las que afirman que vamos a ser multados por matar una rata que se cuele en casa. Aquí entra también la reforma del Código Penal.

Por un lado, el castigo por muerte de un animal según la nueva ley es de seis a 18 meses de cárcel y hasta 50.000 euros de multa; pero en el artículo 20 del Código Penal ya se prevén una serie de excepciones como "las actividades legalmente reguladas" tales como "el exterminio de plagas, el sacrificio de ganadería o la tauromaquia". Es decir, que si un profesional viene a nuestra casa a deshacerse de las ratas, no pasará nada.

Además, tal y como explica Sergio García Torres, director general de los Derechos de los Animales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, en el vídeo en el que desmiente los bulos, "en la ley se contempla que te puedas defender al tener miedo de un animal o si tienes pánico o ansiedad, así como si quieres proteger a alguien de la mordedura de una rata o por cuestiones de salud pública".

Lo que sí se contempla en la reforma del Código Penal es la prohibición de herramientas de exterminio como venenos, medios explosivos u otros instrumentos, por cuenta propia, siendo un agravante, además, si lo hacemos en presencia de un menor.

Una pareja de ratas

Se prohíbe la compra de perros de raza

También se han vuelto populares las informaciones sobre la prohibición de la compra de perros de raza. En cuanto a la compra y venta de animales, sí es cierto que la ley ha cambiado el panorama que teníamos antes "promoviendo la adopción antes de la compra y persiguiendo acabar con la compra indiscriminada", según García Torres.

No obstante, no se prohíbe la compra de perros de raza, solo se crea un registro de criadores para que se puedan regularizar; y se prohíbe la exhibición de animales en los escaparates, para evitar las compras impulsivas y promover la tenencia responsable de animales de compañía.

Un Border Collie

Las multas por maltrato animal son mayores que las de violencia instrumental/vicaria

Otro de los bulos sobre la Ley de Bienestar Animal y el Código Penal en materia de protección animal que ha causado mucha polémica es la relación que se ha hecho entre las multas por maltratar a un perro y las de violencia vicaria/instrumental (hacer daño a un animal con la finalidad de hacer daño a otra persona).

En muchos medios y redes sociales hemos podido ver titulares afirmando que sale más caro pegar a un perro que a una mujer y, en realidad, esto no es del todo cierto, aunque necesitamos matizar.

Primero de todo, debemos saber que se trata de delitos con una tipificación diferente, es decir, no tienen nada que ver el uno con el otro. Entonces, ¿en qué se relacionan ambos delitos? Pues que la violencia instrumental puede considerarse un agravante de violencia hacia los animales, en cuyo caso, el delito sigue siendo tipificado como maltrato animal (con las multas correspondientes).

Las informaciones que se han hecho virales parten de la comparativa de la pena mayor por delito de maltrato animal (maltrato animal con resultado de muerte) con la menor de violencia instrumental (coacciones y amenazas).

"Solo en este caso, sí es mayor la pena por maltrato animal con resultado de muerte que una coacción", afirma Sergio García Torres, director general de Derechos de los Animales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Una mujer junto a su perro

No podremos dejar solos a nuestros perros

Por último, especialmente estos últimos días hemos podido ver también la preocupación de muchos tutores que se han creído otro de los bulos más populares sobre la ley, el que asegura que no podremos dejar solos a nuestros perros.

Cuando hablan de "dejarles solos" se refieren a ir a trabajar y que el perro se quede en casa ocho horas, sin embargo, el texto legal lo que especifica es que "no se podrán dejar sin supervisión durante más de tres días consecutivos", que en el caso de los perros se reduce a "24 horas consecutivas".

Además, en el caso de los perros utilizados para el pastoreo, sí que podrán estar sin supervisión, siempre y cuando cuenten con un dispositivo GPS para saber en todo momento su ubicación.

Por lo tanto, no es verdad que no podamos dejar a nuestro perro mientras estamos en la oficina o haciendo algún recado, pero tendremos que ser responsables y no exponerlos a cualquier riesgo de su salud, y no superar esas 24 horas.

Perro mirando por la ventana
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