¿Es obligatorio esterilizar a perros y gatos con la nueva Ley de Protección Animal?¿Es recomendable? ¿Es la mejor opción?

¿Es obligatorio esterilizar a perros y gatos con la nueva Ley de Protección Animal?¿Es recomendable? ¿Es la mejor opción?
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La nueva Ley de Protección Animal llegará con varios puntos conflictivos, como la obligatoriedad de un seguro de responsabilidad civil, el test de sociabilidad canina o las menores posibilidades para la cría.

Esto último no será sinónimo de obligar a las familias a esterilizar a perros y gatos por sistema, pero sí que aumentará los controles y las restricciones en la cría de animales.

De dónde viene la polémica

Pese a las críticas, la realidad es que la ley dedica muy poco espacio a las obligaciones de esterilización. La Administración se dedicará a "promover campañas de identificación, prevención y tratamiento de enfermedades, esterilización, cría y venta responsable" (art. 2), así como a difundir estas campañas (art. 18).

Las mayores exigencias recaen, por un lado, en los centros públicos de protección animal, que estarán obligados a esterilizar perros, gatos y hurones:

a) Tratándose de perros, gatos y hurones, esterilizar al animal con carácter previo a su entrega en adopción o suscribir un compromiso de esterilización o no reproducción si no tuvieran la edad o las condiciones suficientes para realizar la cirugía, según criterios veterinarios. Esta obligación no excluye la posibilidad de esterilización de otras especies, siempre que sea viable según criterio veterinario (art. 23).

En el caso de que el animal sea muy joven y sufra alguna patología concreta que no permita la esterilización previa a la adopción, se agrega:

Tratándose de perros, gatos y hurones, esterilizar al animal con carácter previo a su entrega en adopción o suscribir un compromiso de esterilización si no tuvieran la edad suficiente para realizar la cirugía, según criterios veterinarios. Esta obligación no excluye la posibilidad de esterilización de otras especies, siempre que sea viable según criterio veterinario (art. 51. c).

La realidad es que, para todo lo anterior, no hay cambios destacados. Si adoptamos en protectora, como viene siendo habitual, se establece (ahora, por ley) que el animal deberá estar esterilizado. Una política que pretende apoyar el lema abandono cero, sacrificio cero.

Asimismo, el título III de la ley trata los temas de cría, comercio, identificación, transmisión y transporte de animales, y recoge el núcleo de la polémica:

La cría solo podrá realizarse por criadores registrados, con mecanismos de supervisión veterinaria, para conseguir que se realice de forma responsable y moderada.

Esterilizar es la única opción en protectoras y colonias felinas

Como señalaban desde AVATMA en un extenso análisis sobre la esterilización y la castración en animales de compañía, los centros de protección realizan esta práctica de forma masiva debido al gran número de abandonos y la necesidad de control poblacional.

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Conocemos los principales beneficios y peligros médicos de esterilizar, entendiendo la castración como el método más habitual, aunque no la única opción. La castración supone una disminución de la agresión con otros miembros de la especie, reducción de las conductas sexuales o asociadas (monta por excitación, vagabundeo, etc.), la imposibilidad de aparición de ciertos tumores (testiculares, de útero), embarazo psicológico o de desarrollar piometra.

Sin embargo, más allá del riesgo quirúrgico (la cirugía) y la tendencia a ganar peso, supone un gran cambio hormonal y, por lo tanto, también modificará la conducta en el animal. Estos cambios, en cambio, no afectan al adiestramiento o al rendimiento, aunque sí pueden dificultar algunos problemas del comportamiento debido a los cambios hormonales: agresividad competitiva en hembras o inseguridad en machos, por ejemplo.

Iniciativas como AVATMA comprenden el problema y la masificación en centros, pero advierten de la necesidad de un control más exhaustivo:

¿Cuántas veces, antes de hacer una cirugía de este tipo, se hace un control exhaustivo previo sobre el estado de salud de los animales? En el caso de las castraciones masivas, por ejemplo, organizadas por organismos púbicos, por protectoras o en campañas de bajo coste organizadas por los mismos veterinarios, prácticamente nunca.

Cuando hablamos de colonias felinas, el método CER (Captura, Esteriliza, Retorna) es la única forma que se ha encontrado para un control ético de las poblaciones. La castración quirúrgica es la mejor opción para animales ubicados en una zona concreta, como los gatos ferales de las colonias felinas, pero que resulta difícil capturar más de una vez en su vida.

Esterilización para los animales de familia

Si bien en protectoras parece inviable otra alternativa, y lo que se busca son más recursos y una mayor regulación. Entre particulares, el problema es distinto.

Para ello, se debe entender que hay distintos tipos de esterilización posibles:

  • La castración, que supone la extirpación de los testículos en el caso de los machos y de los ovarios y el útero en las hembras.
  • La ligadura de trompas en hembras o la vasectomía en machos, que previene embarazos, pero no modifica conductas sexuales ni supone ningún cambio hormonal para el animal.
  • La castración química, que reduce la libido y la actividad sexual del animal; requiere de recordatorios cada seis meses. Es una opción interesante para problemas de conducta que creamos que pueden mejorar con una castración quirúrgica (o sea, para probar la hipótesis), puesto que, a diferencia de esta última, es reversible.

De este modo, cuando hablemos de esterilización, podemos referirnos a procedimientos reversibles o permanentes, mientras que una castración quirúrgica siempre supondrá la extirpación de los órganos sexuales.

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Así, esterilizar es siempre la mejor opción para evitar embarazos no deseados, pero no tenemos por qué optar por un proceso irreversible. Dependiendo de nuestras necesidades e intereses, además, la ley nos seguirá permitiendo escoger, exceptuando la adopción de un animal de protectora que se nos entregará esterilizado (por regla general, castrado).

Esto último es muy importante porque debemos empezar a mentalizarnos que, siempre que sea posible, antes de una esterilización permanente (castración) debemos analizar con profesionales cualificados los posibles cambios en el comportamiento del animal y las opciones de las que disponemos. Así, nos aseguraremos de prevenir problemas de conducta y evitar su posible aparición.

El punto conflictivo: el registro de criadores

En cualquier caso, el punto de conflicto parece ser la obligación de inscribirse en el registro de criadores y realizar una actividad profesional si queremos realizar dos prácticas muy extendidas en nuestro país:

  • En el caso de los cazadores, cruzar animales sin control ni registro, práctica que se ha asociado al abandono animal masivo anual.
  • A su vez, a las familias que tienen el hábito de criar camadas de sus perros (o gatos) por gusto, lo que muchas ONGs ven como un gesto egoísta e insolidario en un país en el que hay miles de animales que no encuentran un hogar.

Tras la aprobación de la ley, estas actividades se verán perseguidas y penalizadas, aunque se prevé que existirán posibilidades para adecuarse a las normas: inscribirse en el registro de criadores o legalizar un núcleo zoológico serán dos de ellas.

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