Qué pasa si quiero tener un cachorro sin venderlo con la nueva Ley de Bienestar Animal

Qué pasa si quiero tener un cachorro sin venderlo con la nueva Ley de Bienestar Animal
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La nueva Ley de Bienestar Animal trae consigo una serie de normativas sobre la crianza y la venta de animales de compañía, con el objetivo de combatir el comercio ilegal de cachorros que afronta Europa y donde España es uno de los principales países de origen y destino más popular para la comercialización de éstos.

En concreto, a pesar de los bulos que han llenado internet en los últimos meses, la ley no prohíbe la cría, pero sí es bastante estricta en cuanto a la cría de animales, siendo obligatoria la identificación de los animales y la inscripción en el Registro de Criadores, además de tener el espacio adecuado para la madre y las futuras crías.

De no cumplir alguno de estos requisitos y dejar que nuestra perra se quede embaraza, la multa podría alcanzar hasta los 10.000 euros, ya que estaría contribuyendo a la cría ilegal de animales de compañía.

Pero, ¿y si queremos tener una camada para quedárnosla y no venderla como lo haría un criador profesional? ¿Qué debemos hacer en ese caso?

Pasos a seguir si queremos una camada propia

Como tanto si adquirimos un perro a través de la compra o la adopción, éste se nos va a entregar esterilizado (ya que es una de las nuevas medidas que trae la Ley de Bienestar Animal), lo primero que debemos hacer es informar al comprador o protectora de nuestra intención de tener una camada en algún momento con nuestro perro, para evitar así la esterilización previa a su entrega.

Lo más fácil que podemos hacer antes de recibir al nuevo miembro de la familia es registrarnos como criadores, dando nuestros datos y los de los ejemplares que emplearemos para la reproducción (sean destinados o no a la actividad comercial).

Para ello, podemos ponernos en contacto con la administración competente, como es la Red Española de Identificación de Animales de Compañía (REIAC) o cualquier equivalente en cada comunidad (como el REGIAC en Galicia o el RIAC en Madrid).

Un grupo de cachorros
Un grupo de cachorros

No obstante, hay un camino más fácil, que es que acudamos a nuestro veterinario y nos inscribamos a través de él como criadores y apuntemos a nuestro perro o gato como reproductor. El veterinario será quién nos pida la documentación necesaria a entregar y firmar para el correcto registro y solo tendremos que esperar a que el organismo escogido nos envíe el justificante de alta.

Aunque se desconoce cómo va a ser el proceso exactamente a la hora de adquirir un cachorro (si habrá que firmar un contrato de compromiso y una vez tengamos el perro, hacemos esta gestión, o podremos completarlo antes de la llegada del peludo), lo que está claro es que solo necesitaremos inscribirnos en el Registro de criadores.

Criar perros de caza

Tras la aprobación de la enmienda socialista, los perros de caza, así como los destinados a trabajo y ganadería, quedan fuera de la ley y, en la práctica, solo se verán regulados por las normativas europeas, el Código Penal y la legislación autonómica.

Esto significa que los cazadores y ganaderos, entre otros, podrán criar perros sin la obligación de estar registrados como criadores, así como sin demostrar que se cuenta con un espacio óptimo, entre otras exenciones de las obligaciones y prohibiciones que sí se aplicarán a los perros de familia, a profesionales y a particulares.

Esta realidad ha levantado la voz de miles de animalistas que llevan manifestándose en contra de la enmienda presentada por el PSOE, asegurando que "los perros de caza son los que más protección necesitan", debido al elevado número de casos de abandono y rescates de perros de caza que se llevan a cabo por las protectoras y asociaciones de toda España.

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